Son planes sujetos a los requisitos sobre la administración de los fondos de pensiones y prestación de servicios complementarios dictados por el Consejo de Nacional de Seguridad Social. Estos planes están bajo la supervisión de la Superintendencia de Pensiones de Pensiones (SIPEN) y constituyen una modalidad alterna no obligatoria, creada para mantener la operación de los planes existentes al momento de promulgación de la Ley 87-01.
La experiencia en la administración de Fondos de Pensiones de AFP Siembra incluye la Administración Planes Complementarios.